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La voz de los niños y niñas en la justicia Por Macarena Vargas Pavez, profesora e investigadora Facultad de Derecho Universidad Diego Portales Jueves 9 de septiembre de 2010 Fuente: Blog Columnistas - La Nacion
 Macarena Vargas Académica Facultad de Derecho Licenciada en Derecho, Universidad Diego Portales. Abogada. Magíster en Gestión y Políticas Públicas, Universidad Chile. Docente de la Academia Judicial de Chile, en cursos de formación y perfeccionamiento, y de mediación, conciliación y justicia de familia. Presidenta del Colegio de Mediadores de Chile A.G..
La evidencia empírica y el debate -más allá de este estudio- han sido escasos, pero parecen indispensables para buscar la forma de hacer efectivo este derecho de participación de los niños/as y encaminarnos hacia la consideración de ellos/as como sujetos de derecho.
La Convención de Derechos del Niño de la ONU -ratificada por Chile en 1989- establece que los niños y niñas tienen derecho a ser escuchados y a que su opinión sea debidamente tomada en cuenta en todos los asuntos judiciales y administrativos que puedan afectar su vida futura. Este mandato obliga a los jueces de familia a conocer y recoger sus deseos, intereses, temores y expectativas en una amplia gama de materias. Pero ni la convención ni la legislación nacional que se ha dictado a partir de ella, establecen la forma de poner en práctica este derecho: ¿quién debe escucharlos, el juez y/o el consejero técnico? ¿Desde qué edad? ¿En todo tipo de asuntos? ¿Con o sin presencia de sus padres o adultos significativos? Éstas son sólo algunas de las cuestiones que surgen frente al tema.
Un estudio de la UDP y Unicef muestra que en la judicatura de familia existen tres grandes formas de recuperar la voz de los niños: audiencia reservada, peritajes e informes diagnósticos y, en menor proporción, por el curador ad litem. Releva que los factores que determinan la participación son la edad -a mayor edad, mayor participación-; el tipo de asunto de que se trate y la posibilidad de acuerdos entre los adultos (si hay acuerdo, no se escucha a los niños).
El estudio pone en evidencia las dificultades y desafíos de la aplicación práctica de este derecho. Las condiciones asociadas con la participación de los niños y niñas distan de ser óptimas, además de la ausencia de criterios y prácticas comunes y falta de competencias adecuadas de los operadores, cuestión que ellos reconocen. Otra complejidad se ve en el impacto de las opiniones de los niños en la decisión final, cuando son oídos. No hay indicios de su voz en la sentencia, lo que en parte se debe a la intención de los jueces de evitar la manipulación, la sanción y/o conflictos de lealtades de los niños con sus adultos significativos.
Queda un largo camino. La evidencia empírica y el debate -más allá de este estudio- han sido escasos, pero parecen indispensables para buscar la forma de hacer efectivo este derecho de participación de los niños/as y encaminarnos hacia la consideración de ellos/as como sujetos de derecho.
Comentarios
ESTOY COMPLETAMENTE DE ACUERDO CON LAS OPINIONES ANTERIORES DE ROGERS Y EDO. ES COMPLETAMENTE NECESARIO UNA MEJOR PREPARACIÓN Y ACTUALIZACIÓN POR PARTE DE LOS ENTES ENCARGADOS Y PARA Q LOS "PROFESIONALES" SEAN VERDADERAMENTE PROFESIONALES. SE NOS NOTA MUCHO EL SUB-DESARROLLO EN TEMAS COMO ÉSTE.
Enviado por: JUAN 12 de septiembre de 2010 20:49
La licencada habla de incapacidades de los operadores para aplicar estos criterios. Sería bueno no sólo capacitarlos, sino también hacerle estudios, para detectar problemas de sesgoe en ellos. Ya que una persona con sesgo no puede administrar justicia. Lo de realmente escuchar a los niños, tiene que ver con un tema de honestidad política, y es que en el fondo, los que hemos vivido el proceso, vemos que la legistación y la aplicación de justicia incentivan el partir a los niños por la mitad, en lugar de escucharlos y forzar a los padres sepadaros a juntar fijalas para el binestar de sus hijos. Afortunadamente, en articulos como este se ve claramente que cada vez son más las personas de distintos sectores que están tomando consciencia y haciendo presión para cambiar estos aspectos en favor de los niños.
Enviado por: Rodrigo García 12 de septiembre de 2010 09:56
Como es posible que se oiga a los niños sin escucharlos y que los psicologos y Asistentes técnicos del sr Magistrado SIN escucharlos ni ananlizar DE VERDAD sus palabras y sin considerar que viven con su madre y que al padre lo VEN esporádicamente. ¿Tienen real formación estas personas en Psicología? Basta el título de psicologo para ello y hacer unos CURSITOS de psicología por estas Sras Asistendes para hacer este trabajo. Técnicamente es PARA LA RISA. El análisis real y objetivo de todo esto requiere de EXPERTOS, psicólogos de verdad con estudios extensos de postgrado. ¿El ESTADO CUENTA CON ESTOS PROFESIONALES? Al menos en mi ciudad parace que NO. ES PARA LA RISA que por las palabras de los menores sin siquiera considerar su lenguaje NO VERBAL, osea su expresion corporal y facial entre otras se concluyan aberraciones contra el padre y lo peor es que todo este sistema PERVERSO SE LO CREE Y CONSIDERE ESTO UNA REALIDAD INDESMENTIBLE Como lo he expresado anteriormente, el ESTADO CHILENO tendrá a mediano plazo que crea una especie de PRAIS para reparar las atrocidades cometidas contra nuestros hijos por madres ENFERMAS MENTALES y "auspiciadas" por nuestros tribunales de familia. Ojalá estas palabras sean leidas de verdad por nuestras autoridades y que les permita REFLECCIONAR Y ANALIZAR que a lo mejor nuestros MAGISTRADOS pueden tener las mejores intenciones, pero que están amarrados de mano porque no tienen como HACER JUSTICIA DE VERDAD Soy por cierto un funcionario público que trata de hacer su trabajo y de verdad.
Enviado por: juan carrasco 12 de septiembre de 2010 02:14
Sí, oir a los niños es una exelente idea, siempre y cuando este oir sea oportuno , no tres o cuatro años despues de no haber visto ni estado con el padre o la madre,porque como hoy ocurre solo falta que ellos si pudieran le pongan las esposas al injustamente inculpado o inculpada,casi siempre es el padre, y todo gracias al sistema inperante...solo eso. Mario.
Enviado por: mario 11 de septiembre de 2010 14:35
Respeto mucho la opinion de la Licenciada, he leido muchos articulos acerca de lo mismo, lo que necesitan nuestros hijos de padres separados es sentirse libres para manifestarse en todos sus aspectos hacia ambos padres y a la sociedad, por lo tanto se necesita legislar y aqui todos los licenciados debieran hacer sentir su voz haciendo saber que es necesario la tuicion compartida, que es un derecho de los hijos vivir con el padre (si la tuicion la tiene la madre), los hijos necesitan crecer sanos, tener confianza, seguridad de si mismos, valores y principios morales, aprender a respetar a su projimo, aprender a que tienen que ser respetados, que tienen obligaciones personales y sociales, aprender a expresarse correctamente, enseñarles a tener criterio y discernimiento de las cosas de la vida, enseñarles sobre su salud, fisica, mental y espiritual, enseñarles alimentarse y nutrirse, etc, etc...., ¿TODO ESTO Y MUCHO MAS LO PODRA HACER SOLO LA MADRE????? ¿ Tampoco lo puede hacer el padre que los tiene de visita un fin de semana cada 15 dias? Lo que no logro comprender es que gana el estado al no legislar, o existen intereses creados y poderosos para no cambiar algunas leyes de familia. O es un beneficio para el estado hacer mas carceles, comprar mas armas, tener mas policias, etc., SEÑOR PRESIDENTE LA EDUCACION NO ES TODO, TOME EN CUENTA LA FORMACION, LA ORIENTACION, EL AMOR, EL CUIDADO, CONDUCIRLOS, ALIMENTARLOS Y NUTRIRLOS. DESEANDOLES BIENESTAR Y SALUD. ATTE. ROGER SANTIAGO
Enviado por: ROGERS 9 de septiembre de 2010 20:50
Eduardo, a mi hija le paso lo mismo con DOÑA DENISSE AMINE SEPULVEDA APSE, JUEZ TITULAR DEL CUARTO JUZGADO DE FAMILIA DE SANTIAGO, cero criterio por parte de este ser, encargada de impartir justicia.
Enviado por: Hugo Riveros Madrid 9 de septiembre de 2010 16:16
Un aspecto muy importante al que no se le ha prestado debida atención es la diferencia que conllevan los verbos "escuchar" y "oir". Hoy en día hay una tendencia creciente en los países americanos a tomarlos por sinónimos. El pequeño Larousse es claro en la definición de "escuchar": "oir con atención"; "hacer caso". En cambio, "oir" lo define como "percibir el sonido". Esta diferencia es mucho más marcada en el idioma francés, donde ningún francoparlante puede cometer el error de confundir "entendre" con "écouter". Se "entendre" los soldados que marchan a la distancia y se "ecoute" al profesor que prohibe fumar en la sala. Igual cosa en el idioma inglés, también de origen latíno, donde "to listen" es escuchar con atención y "to hear" es definido como percibir. Visto este preámbulo, puedo referirme a la sentencia de la jueza Pilar Villarroel del juzgado de familia de Viña del Mar, a la que conminé a escuchar a mis hijos de 10, 8 y 6 años. Los niños manifestaron sin ambigüedades su deseo de continuar viviendo en la parcela que el padre compró para ellos; donde se habían criado desde guaguas cuidados por su Papá; donde andaban en bicicleta; donde encumbraban volantines; desde donde su Padre los llevaba al Colegio Mackay, y donde la madre los visitaba y retiraba cuantas veces quisiera hacerlo y su tiempo con sus amistades se lo permitiese. La jueza los oyó (como quien escucha llover), pero no los escuchó en sus deseos y realidades. Ella dictaminó que esos niños debían perder a su Padre, debían perder su parcela y debían perder su alegría de vivir junto a sus dos padres. Yo nunca puse una objeción a que ella los retirara cuantas veces su tiempo se lo permitiese. Pero evidentemente que estando yo al cuidado de los niños, ella no me podía sacar una pensión alimenticia, pues ella nunca se quiso casar, para poder seguir sacándole al Estado su pensión de montepìo. La jueza dictaminó que "había escuchado a los niños y que a pesar de la opinión de ellos, y por el bien superior de los niños, le concedía el cuidado personal a la madre y negaba todo derecho de visita al Padre". Para cada ley justa, siembre habrá un juez corrupto que le doblará la letra a esa ley.
Enviado por: Eduardo Goffard 9 de septiembre de 2010 15:59
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