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Discriminación en el cuidado de los hijos
Cuando se percibe una intensa demanda por igualdad en el país, sorprende que el proyecto de ley que modifica esta materia confirme la actual discriminación que existe contra los padres.
por Mauricio Tapia - 25/10/2012 - 04:00
Fuente: LA TERCERA




Mauricio Tapia,
Profesor y director del
Departamento de Derecho Privado
U. de Chile.


EL DERECHO de las familias se ha modificado lenta pero radicalmente en Chile. Conforme a la transformación de las costumbres, los cambios han estado inspirados en la necesidad de introducir más igualdad, autonomía y protección.

No obstante, varias deudas subsisten, como dan cuenta las discusiones recientes sobre la apertura del matrimonio a las parejas homosexuales, la restitución de la plena igualdad de la mujer casada en sociedad conyugal y la eliminación de la discriminación contra el padre en el cuidado de los hijos.

Esta última regla, contenida en el artículo 225 del Código Civil, atribuye legalmente, luego de la separación, la custodia de todos los hijos (sin importar su edad) a la madre. La única justificación que se esgrime a favor de esta regla es que -supuestamente- disminuiría la “litigiosidad”. No obstante, la justificación es falaz, y la regla es contraria al interés del hijo, inconstitucional y envuelve un prejuicio contra la mujer.

Es falaz, porque lo usual es que esta disputa se plantee precisamente en el marco de un juicio de divorcio, donde debe acordarse por los padres, o decidirse por el juez, el cuidado personal de los hijos. Los Tribunales de Familia fueron creados para resolver estos asuntos y, por ello, el argumento parece estar movido por una infundada desconfianza en los jueces, como lamentablemente está ocurriendo en varios ámbitos.

La regla es también contraria al interés superior del hijo, porque si bien con frecuencia puede ser conveniente que los niños (particularmente los lactantes) residan con la madre, ello no ocurre en todos los casos. La regla permite, por el contrario, que las madres sientan a los hijos como “de su propiedad”, lo que reduce la posibilidad de acuerdos que beneficien una repartición equitativa de los derechos y deberes entre los padres y la presencia de ambos en su crianza.

La regla es, además, inconstitucional, pues no resiste ningún análisis desde la perspectiva del principio de igualdad, presentándose como una discriminación arbitraria contra el padre.

Por último, fundada en una supuesta “aptitud natural” de la mujer para cuidar a los hijos, materializa una concepción prejuiciada y estereotipada de ésta, que no se condice con la creciente repartición equitativa entre el hombre y la mujer, de las labores de cuidado de los hijos y del hogar común, por una parte, y en la obtención de recursos y en el desarrollo profesional, por otra.

En un momento en que se percibe una intensa y urgente demanda por igualdad en el país, sorprende que el proyecto de ley que modifica esta materia (actualmente en segundo trámite constitucional en el Senado) confirme esta regla discriminatoria. Tan inexplicable como aquello es que este proyecto ni siquiera permita al padre solicitar al juez el otorgamiento de un régimen compartido de cuidado personal, que en muchas situaciones podría lograr, en beneficio de los hijos, un sistema que asegure un tratamiento más equitativo entre los padres y la presencia de ambos en su crianza y educación.

Es de esperar que este proyecto de ley sea corregido. Difícilmente los ciudadanos entenderán cómo, en un momento como el actual, el Congreso decide confirmar una regla que perjudica a los hijos, discrimina al padre y envuelve una concepción prejuiciada de la mujer.



Comentarios



Mauricio,Agradezco y felicito su comentario desde el ámbito de lo jurídico. Suena Muy Esperanzador que especialistas como usted coloquen este tema en la Opinión publica,de forma tan asertiva, Si me permito hacerle notar que las consecuencias de esta discriminación recaen 100% en los hijos provocandoles el síndrome de alienación parental patología psiquiátrica que ya esta siendo reconocida por tribunales de familia en Europa en y en algunos países sud americanos. Dándole un peso jurídico equivalente al maltrato y abuso infantil.
Este síndrome ya paso este año al dsm5 en la OMS. lo que significa que ya esta siendo reconocido como desorden.

soy jorge salas Padre de Ignacia dominga Niedmann vivaldi. Mi hija de 9 años de edad, "antes igancia salas," la cual ha sido victima del señor Michael niedmann Honour y de mi ex señora claudia vivaldi sacco de innumerables maltratos y vulneraciones a los derechos del niño, este matrimonio de abogados, le cambiaron el nombre a mi hija en forma absolutamente ilegal y arbitraria. siendo mi hija actualmente una menor mas victima del "sap" sindrome de alienación parental . cuando solicite visitas en un tribunal de familia, quedo absolutamente claro como arreglaron la sala, eligieron al juez a los peritos y a todos quienes debian entregar un dictamen con respecto a los derechos absolutos de mi hija y yo.sin mucho que investigar les garantizo que en cualquier caso donde este el nombre del abogado michael niedmann
o su señora claudia vivladi serán casos relacionados al lobby jurídico, trafico de influencias o el popular arreglin de los que tienen santos en la corte

Enviado por: Jorge Luis salas Moya
26 de octubre de 2012 16:53



Nuevamente,

Los legisladores se muestran desintonizado con la realidad de muchas familias chilenas, ya que no tienen la sensibilidad suficiente para corregir los errores.

Se quiere continuar con el privilegio de las madres por sobre los padres (con la excusa de que es temporal), por una cuestión de género. No existen estudios que indiquen que los padres no pueden cuidar a sus hijos, sino por el contrario, muchos padres solos han podido sacar a sus hijos adelante. Entonces, ¿ por qué no se legisla a favor de la custodia compartida en caso de separación?. Siempre es más fácil repartir la labor entre dos, que llevarla uno solo, y que además provoca una sensación de justicia entre ambos padres, y los hijos comunes.

Hagan fuerza para que estos personajes que legislan, vean a la luz, y no le teman al cambio de paradigma. Los papas somos aptos para cuidar nuestros hijos, y que se deje explicitamente en la ley la custodia compartida por defecto.

Enviado por: Francisco Cáceres
26 de octubre de 2012 12:36



Es desafortunado que ninguno de los legisladores involucrados en el proyecto han desarrollado una visión más amplia de las razones de los problemas que enfrentamos hoy y las implicaciones de legislar de un modo tan desprolijo. Los tribunales de Familia no solo NO apoyan a la familia sino ayudan a disolverla haciendo primar los desos de una agenda misandrica y dañando nuestra sociedad a largo plazo en el proceso. El creer de modo axiomatico que favorecer a la mujer debido al abuso que esta enfrentó en el pasado como género y que sus "derechos" deben ser satisfechos antes de satisfacer los de el resto de la sociedad- incluidos los de los niños- es una aberración espantosa. Los ciudadanos somos iguales ante la ley- en efecto es garantizado por la constitución- y el interés superior del niño no es solo una frase para el bronce o para manipular un tribunal, es la filosofía que debe regir nuestro proceder como sociedad toda.

Este es un estracto del libro "The Case of Father Custody" de Daniel Amneus:

"Las feministas argumentan que aunque los delincuentes tienen 8 veces más posibilidades de venir de hogares liderados por una mujer, aún hay más niños sin padres que no se vuelven delincuentes y por ello no deben haber objeciones a la custodia materna. Por supuesto la mayoría de los niños no crecen para convertirse en criminales y la mayoría de las niñas no crecen para convertirse en madres adolescentes. Por lo tanto, ¿Podemos ignorar el aumento de la probabilidad de que la ausencia paterna incrementará la delicuencia y el nacimiento de niños con pobres redes de apoyo? Este es un tipo de argumento llamado "El Conductor Ebrio Seguro". Funciona de la siguiente manera: La gran mayoría de los conductores bajo la influencia del alcohol llegan a sus casas seguros y no causan accidentes. Pero sabemos que los conductores ebrios causan miles de accidentes con resultado de muerte al año y se han creado leyes para desincentivar la ocurrencia de nuevos episodios de este tipo.

El argumento que favorece y defiende la creación de hogares sin un padre tiene un razonamiento similar pues es cierto que la gran mayoría de los niños que crecen sin un padre no se convierten en delincuentes esta configuración si favorece este resultado pero a pesar de ello para muchos es un riesgo que podemos sobrellevar sin problemas. Esto es absurdo.

En la mayoría de los hogares sin un padre los adolescentes no cometen suicidio, pero la mayoría de los suicidas

adolescentes no tienen a un padre presente en sus vidas.

La mayoría de los niños sin un padre presente no fracasan en sus estudios, pero la mayoría de los que fracasan en

sus estudios son hijos sin un padre presente.

La mayoría de los niños sin un padre no se vuelven violadores, pero la mayoría de los violadores fueron en algun

momento niños sin un padre presente.

La mayoría de los niños sin un padre no se vuelven miembros de pandillas criminales, pero la mayoría de los

pandilleros son niños sin un padre presente.

La mayoría de los niños sin un padre no se vuelven abusadores de niños o pedófilos, pero la mayoría de los

pedófilos fueron niños sin un padre."

Asumir que los hombres son incompetentes, potenciales abusadores y violentos por naturaleza- como refleja la agenda del feminismo- es injusto y nos tiene enfrascados en discusiones bizantinas que victimizan a nuestros hijitos o dejando al padre de lado o minimizando su presencia en el desarrollo de los niños. Las leyes han convertido a los hombres en ciudadanos de segunda clase y eso daña a la sociedad toda, incluidas a las mujeres y hombres que ignorantemente tribializan el sufrimiento de los niños sometidos a este sistema y que multiplica las trabas sociales y el crimen. Esto se debe a la miopía de quienes son responsables de legislar y administrar la ley.

La Custodia Compartida es la alternativa que nos dará una nación más estable, con mejor salud mental e índices reducidos de criminalidad. Las excepciones- dónde hay padres o madres que abusan- siempre existirán pero no son la norma. En un escenario de este tipo el machismo y el feminismo no tienen cabida, solo crecer con el amor de ambos progenitores.

Saludos.

Enviado por: Mauricio E. Carrasco
26 de octubre de 2012 10:45



Gracias a todos por sus palabras. Aclaro que he asistido como invitado a prácticamente todas las sesiones de la Comisión de Constitución del Senado sobre este proyecto. He hecho presente lo que sintetizo en esta columna. Lamentablemente, sólo los senadores Alvear y Walker se encuentran de acuerdo en poner fin a esta discriminación, y la mayoría de la Comisión la ha confirmado.
Saludos
MAURICIO TAPIA

Enviado por: Mauricio Tapia
25 de octubre de 2012 14:51




Hola Amigos

Mi pregunta :

Quien paga los daños sicologicos y emocionales que estos señores feudales provocan a nuestros hijos y a nosotros mismos (los padres).

Mientras no haya real interés en que esto se solucione, nada de esto cambiara....

Lo doy firmado!!!!

Enviado por: Carlos Ramirez Guerra
25 de octubre de 2012 12:43



Muy buen articulo Sr. Tapia. Muy claro y fundamentado.
Sin perjuicio de eso, y no solamente atacando el art. 225 del CC, y en plena concordancia con el primer y penúltimo párrafo de su articulo la mayor responsabilidad le cabe en este caso a los jueces.

La comodidad de sus puestos ha hecho que descansen sus decisiones basados en una regla muy anterior a la constitución. Por otra parte en condiciones normales las parejas que se separan pueden compartir los cuidados y la crianza, sin tribunales, pero cuando las mujeres actúan bajo sus propios anhelos y convicciones, las leyes no cubren el vacío que deja cuando esta utiliza a sus hijos para perjudicar emocional y económicamente al padre de estos, sin mesurar el daño que le genera a sus hijos. Solo el art. 42 de la ley de menores (ahora refundida en el DL01) puede otorgar el cuidado a los padres.

Comparto plenamente la falacidad de la justificación de aplicar el art. 225, pues antes de entregar los niños a su madre, debiera el juez utilizar los recursos que cuentan actualmente (peritajes, mediaciones, etc.) para determinar el cuidado provisorio.

Por ultimo no hay ley que castigue la instrumentalización de los menores por parte de alguno de los padres. Expresamente si la hay en caso de no cumplir con las responsabilidades del padre que no tiene el cuidado (ley 16618)

Jueces cómodos + legisladores conservadores + madres arteras = nuestros hijos sufren.

Enviado por: Rodrigo Valenzuela Valenzuela
25 de octubre de 2012 12:31



He hecho algunos comentarios a ONU Mujer (FaceBook) sobre el tema y la unica respuesta que he recibido es que "los hombres son irresponsables y discriminadores, por eso es que la ley es asi." Creo que si la idea de igualdad es la rebancha entonces todo bien por los/las rebanchistas. Pero si la idea es la IGUALDAD entonces no porque existan delincuentes (hombres y mujeres) en un barrio todo el barrio sera delincuente. Que algunas mujeres (madres) delinquen al suicidarse con sus hijos no significa que todas sean delincuentes o asesinas o desquisiadas. Los ultimos episodios de abuso de menores por parte de mujeres revela que hay hombres y mujeres perversos. Asi tambien hay Mujeres y Hombres nobles. La ley no puede ser discriminadora por haber nacido hombre, debe serlo por la accion criminal efectiva. Lamento no poder entender y/o comprender porque se aprueba un articulo discriminatorio como el tratado por el congreso. Cual es el argumento de los congresistas (Hombres) para justificar que ellos son posibles delincuentes. Las madres tambien tienen culpa al educar a los hijos como discriminadores y para que decir de las hijas. La igualdad implica renuncias de todos y no solo de alguno, y menos por errores o delitos de unos.

Enviado por: Raúl V
25 de octubre de 2012 12:22



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