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Discriminación en el cuidado de los hijos
27/10/2012 - 04:00Fecha
Fuente: LA TERCERA



María Sara Rodríguez
Profesora de Derecho Civil
Universidad de los Andes



Señor director:

En una columna publicada el 25 de octubre, el profesor Mauricio Tapia critica la regla de atribución del cuidado personal de los hijos a la madre, que subsiste en el Código Civil chileno, sin reparar en que se trata de una regla extrajudicial y supletoria de la voluntad de los padres. Sin advertir, además, que la regla opera también en el caso de hijos de madres solas, reconocidos voluntariamente por el padre.

Está actualmente en trámite legislativo una reforma al Código Civil que regula la tuición compartida por ambos padres y mejora la situación de los niños en el caso de separación de sus padres. La ley en trámite busca eliminar una práctica judicial, que tiende a privilegiar a la madre en los juicios.

Para corregir esta práctica se reafirma que es el interés del niño el criterio de atribución en juicios entre padres, no la “preferencia materna”. Es decir, la madre no tiene ni debe tener preferencia ni privilegio alguno en un escenario judicial, sino el niño.

Dicho esto, hay que explicar la función de la regla supletoria que se ha resuelto mantener en la legislación chilena. Esta ley pretende evitar que sea necesario ir a juicio para que un niño tenga determinado el padre o madre que lo cuida y, por tanto, el padre o madre que lo representa legalmente. Esto ocurría antes de la Ley de Filiación (Ley Nº 19.585), por ejemplo, con los niños no matrimoniales.

La eliminación de la regla supletoria sería regresiva. Significaría una discriminación para todos los niños no matrimoniales cuyos padres no viven juntos y para las madres solas que nunca han tenido vida en común con el padre de su hijo. Esta situación afecta a muchísimas mujeres chilenas.

María Sara Rodríguez

Profesora de Derecho Civil

Universidad de los Andes




Comentarios



Cuando, para explicar una cosa tan simple se tiene que recurrir a sofismos, la respuesta esta en el egoissmo proprio y no en el bien de los niños. Lamento señora Rodriguez, usted, esta dominada por egoismo y envidia para el proximo. Le aconsejo de todo corazon un buen baño de humildad y luego volver a presentarse en publico

Enviado por: Luca
2 de noviembre de 2012 14:23



Estimada Sra Rodriguez;

Cuando leo sus opiniones respecto a la preferencia materna en el cuidado del niños, me acuerdo mucho de los argumentos del gatopardismo, "cambiar todo para que nada cambie". Participar de los cambios pero siempre que no cambie nada.

Muchas personas han trabajado en corregir la discriminizaciòn arbitraria que se les hace a los hijos para que vivan con su padre. Todos concuerdan que es arbitraria, pero a la hora de legislar, insisten en mantenerla.

Afortunadamente, aún creo que existen personas nobles de corazón que desean corregir los errores, y que trabajan por una real justicia para los niños. Espero que Uds sea una de ella, que piense en los hijos, y no en el padre ni tampoco en la madre.

Enviado por: Francisco Càceres
31 de octubre de 2012 24:55



Honorables Señora, Sabe usted el dolor que se siente al dar por muerto un hijo en vida, Usted sabe lo que significa el secuestro intraparental ¿ CUAL ES SU OPINION FRENTE A LA PALABRA DE LA CIENCIA?, si la nueva ley de tuicion compartida y corresponsabilidad parental no considera como delito el sap y no lo incorpora a la ley, Equivalente a abuso y maltrato infantil,esta sera una nueva ley que nacera muerta, para que el cambio sea cultural y cree una nueva conciencia en los padres del futuro. Debe sancionarse. Comparto con ustedes, la opinión al día de hoy de la organisacion mundial de la salud.si la patología ya es reconocida, No es aceptable no incorporarla:

La Asociación Americana de Psiquiatría ha publicado los primeros borradores de los cambios propuestos para el DSM-5 (también conocido como DSM-V), la próxima versión de su manual de salud mental, prevista para 2013, en su página web APA DSM-5 Desarrollo . Si bien el borrador aún no contiene una definición del síndrome de alienación parental o trastorno, la APA ha indicado que un grupo de profesionales de la salud mental, incluyendo William Bernet, Wilfrid von Boch-Galhau, Amy JL Baker, y Stephen L. Morrison ha presentado una documento de discusión sobre cómo incluir la alienación parental en el DSM-5 y CIE-11 (Clasificación Internacional de Enfermedades, 11 ª edición).

Un resumen de su trabajo es así como versiones completas están disponibles en la Alienación Parental, el DSM-V y CIE-11 :

La alienación parental es un fenómeno importante que los profesionales de salud mental deben conocer y comprender a fondo, especialmente aquellos que trabajan con niños, adolescentes, adultos y adultos divorciados, cuyos padres se divorciaron cuando eran niños. Definimos la alienación parental como un estado mental en el que un niño, por lo general uno cuyos padres están involucrados en un divorcio de alto conflicto-aliados a sí mismo fuertemente con uno de los padres (el padre preferido) y rechaza una relación con el otro padre (los alienados padres) sin justificación legítima. Este proceso conduce a un desenlace trágico cuando el hijo y el progenitor alienado, quien anteriormente tuvo una relación amorosa y mutuamente satisfactoria, perder la disciplina y la alegría de esa relación desde hace muchos años y tal vez por su vida. Los autores de este artículo consideran que la alienación parental no es una aberración de menor importancia en la vida de una familia, sino una condición mental grave. El niño inadaptado conducta negativa a ver a uno de los padres-se debe a la falsa creencia de que el progenitor alienado es una persona peligrosa o indigno. Se estima que el 1% de los niños y adolescentes en la experiencia de los EE.UU. alienación parental. Cuando el fenómeno se reconoce correctamente, esta enfermedad es prevenible y tratable en muchos casos. Ha habido decenas de estudios de investigación y cientos de artículos científicos, capítulos y libros sobre la alienación parental. Aunque hemos localizado publicaciones profesionales procedentes de 27 países en seis continentes, estamos de acuerdo en que la investigación debe seguir con respecto a esta importante condición mental que afecta a cientos de miles de niños y sus familias. El tiempo ha llegado para que el concepto de alienación parental que se incluirán en el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales, quinta edición (DSM-V), y la Clasificación Internacional de Enfermedades, décima primera edición (CIE-11).

Después de haber visto personalmente varios casos de moderada a grave alienación parental en los niños y los hijos adultos, así como la enajenación en curso de desarrollo, tanto en los niños en familias casadas y aquellos que pasan por divorcios, estoy convencido de que esto es un problema grave para los niños de todas las edades de las familias en conflicto. Incluyendo la alienación parental como un trastorno de salud mental en el DSM-5 y la CIE-11 que recorrer un largo camino para finalmente poner fin al apoyo político y social para el abuso infantil emocional a través de intentos de forzar la alienación parental, una forma de abuso emocional, ser ignorado por medio de la legislación abusiva.

Tales poco meditadas esfuerzos para ocultar este tipo de abuso emocional que se hayan interpuesto por la Organización Nacional de Mujeres (NOW) y otras organizaciones porque un número importante de sus miembros están activamente impedir que sus niños tengan una buena relación con ambos padres. Reconociendo la alienación parental como lo que es significa reconocer que estas personas son los abusadores de niños, algo que obviamente no quiere que ellos preferirían seguir abusando de sus hijos sin la rendición de cuentas como lo han estado haciendo.
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Abuso Infantil , custodia de los hijos , niños , divorcio , violencia doméstica , la familia , el matrimonio , la Alienación Parental , Psicología
Amy Baker , Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales , DSM-5 , el DSM-V , Clasificación Internacional de Enfermedades , la Organización Nacional de la Mujer , la Alienación Parental , Stephen Morrison , Wilfrid von Boch-Galhau , William Bernet

Enviado por: jorge salas moya
31 de octubre de 2012 14:57



En mi caso, mi hija ya tiene doce años y durante este tiempo la he visto esporádicamente crecer, perdí gran parte de su vida y estar junto a ella en su desarrollo, ya a esta edad los niños están saturados de la presión materna, ellos viven su vida con sus amistades dándole prioridad a estas, manejando a su antojo a su madre, esta misma madre que les lavó el cerebro amparados por sus burdas leyes. "Por el derecho superior de niño", es el eslogan que tapiza el tribunal. Me pregunto ¿Qué derecho?, sólo quedó en mi mente el mensaje que me dejó mi hija en el año 2003, Lo publiqué en Mensajes a Hijo (s), "Desde el desolador desierto te saludo amada hija", donde dice: "Estaba pensando que podría quedarme contigo cuando sea grande"..., (Referencia cuando Catalina tenía sólo tres años), Esta es la esperanza, mi energía de vida.

Enviado por: Juan Rosas Valencia
31 de octubre de 2012 11:52



Señora Rodríguez

Mis hijos y yo somos víctimas de las decisiones de los jueces de familias amparados en esta ley, y que luego de las modificaciones y las instrucciones del Sernam seguirán habiendo padres varones e hij@s víctimas porque efectivamente las modificaciones a los art. 224 y al art. 225 del Codigo Civil serán reemplazadas por esta regla supletoria mientras dure el juicio. O sea estaríamos igual.

Soy Padre de mellizos e hijo de madre soltera. Nunca tuve padre y lucho en tribunales porque mis hijos tengan un padre presente, porque sé que no basta el pago de una pensión.

Como hijo de madre soltera, y de nunca haber convivido con mi padre, le debo señalar con conocimiento de causa que no me hubiera sentido discriminado con una ley como esta si mi padre hubiera querido responsabilizarse. Tampoco mi madre, quien ha prodigado el máximo interés de su hijo, es decir mio, en todos los términos, y menos se hubiere sentido discriminada si hubiera tenido un padre presente: responsable en la crianza, en términos de desarrollo y emocionalmente.

Personalmente y con mucho respeto hacia su persona, presumo que desde la perspectiva masculina no conoce la realidad chilena ni de los tribunales de familia a su cabalidad, no sabe las calumnias que son capaces las mujeres con el fin de perjudicar emocionalmente y económicamente la familia paterna del menor, daño que se transfiere a sus propios hij@s. Deberia ser un tema tan importante como el cuidado personal, ocuparse de los vacíos legales que dejan sin castigo las injurias que cometen las mujeres en tribunales a sabiendas que la ley las favorece. Sí, las favorece, en consecuencia esto se traduce en una discriminación a la figura paterna.

En la misma linea del respeto y en base a mi formación valórica y de principios, lamento profundamente que personas como usted, que mantienen un relato conservador, desajustado a los tiempos actuales, y que pretendan conservar el derecho de mis hijos Bruno y Santiago de solo dos años, y muchos hijos e hijas, a ser cuidados por ambos padres, tengan la autoridad para opinar y a veces autoridad para legislar y mantener esta regla supletoria que deja el cuidado radicado en la figura materna como es desde 1855.

Enviado por: Rodrigo Valenzuela Valenzuela
31 de octubre de 2012 11:24



El problema, dama, al momento que la norma supletoria indica que la madre debe tener al hijo provisoriamente, es un fantasma oculto del artículo 225. En el fondo, las cosas siguen igual y la justicia presumiendo que todas las mujeres facilitarán las visitas a los padres. Una lástima.

Enviado por: José Pizarro
31 de octubre de 2012 11:18



¡Guau! Debemos aceptar estas opiniones sin nada que respalde los dichos de María Rodriguez, ¿Estadísticas? ¿Estudios que respalden que sin importar la razón los niños deben quedarse con la madre? Impecable "racionalidad" feminista. La discriminación sería "para todos los niños no matrimoniales cuyos padres no viven juntos y para las madres solas que nunca han tenido vida en común con el padre de su hijo." Estos dichos no tienen lógica ni respaldo alguno que los avale. También tribializa la discriminación a los padres que si son aptos y que- segun esta persona- si merecerían estar con sus hijos pues si han estado presentes, ¿Que sucede entonces con aquellos padres que han sido apartados sin razón valedera de sus hijos contraviniendo en muchos casos lo establecido por un tribunal de la república? Que argumento más pobre. Asume sin análisis alguno que los niños no matrimoniales son de padres ausentes- falacia- y que en el proceso un hombre no es, no puede, no ha sido ni jamás será discriminado. Por otro lado asume sin vergüenza alguna que TODAS las mujeres si son aptas para el cuidado de los menores por ende el dejar al padre apartado de los menores por defecto es un riesgo aceptable (la mayoría de los niños que mueren a manos de sus progenitores es a manos de sus madres y esto es una estadística a nivel universal, no solo en Chile). Que espanto que una persona así- con opiniones sesgadas y sin base ni argumentos respaldados- pase esta visión a quienes practican el derecho a futuro. Los derechos de todos los Chilenos están en juego en el análisis de la norma supletoria. Si los derechos de los niños- ratificados por el Estado Chileno el año 1990- no son respetados como efecto del desedeño de la misma carta magna que establece la igualdad de derechos de TODOS los ciudadanos (niños que pierden el contacto con sus padres aún sin haber razones legales para ello), estamos empantanados en un proceso sucio y sesgado, con agendas que poco velan por quienes merecen que sus derechos sean respetados. Los derechos ciudadanos no son una ecuación de sumas y restas y vendettas por abusos pasados. Los derechos femeninos no se deben contraponer con los de los hombres ni vice-versa, ni tampoco se deben establecer reparaciones por abusos pasados que al final significarán un detrimento para quienes deben esperar por sus derechos en un futuro que no llega y los niños que vivirán una vida imcompleta por un diseño miope de quienes dicen querer lo mejor para ellos pero que desde sus torres de marfil ignoran el acervo de investigación y estudios que avalan la importancia de AMBOS progenitores en el desarrollo de los niños. Esta mujer cuestiona el concepto de la familia considerandolo como un "obstáculo para la realización de los derechos individuales" citando estudios misándricos que solo buscan satisfacer una agenda y los derechos de la mujer dejando de lado los del hombre (Revista Chilena de Derecho Vol. 25, N°2 p. 595. Año 1998). Luchemos por los derechos de TODOS, ambos géneros son complementarios, nuestros hijos lo necesitan y si esto se hace bien ellos nos lo agradecerán sin duda.

Enviado por: Mauricio E. Carrasco
31 de octubre de 2012 11:17



Francamente, no entendí a la Sra. Rodriguez. Iba muy bien, o al menos así lo entendía yo, hasta que remata con una exposición que no se ajusta al contexto de lo que planteaba inicialmente.

Creo que el tema de los niños que no han conocido padre, debiera ser materia de análisis específico. Llevar esto de manera conjunta con los tristes casos que conocemos de padres separados es un error.

Espero que la Sra. Rodriguez dedique un poco de su tiempo a analizar la abierta discriminación que existe actualmente en contra de los padres. Sólo por ser hombre se le da crédito a las mujeres, quienes también tienen responsabilidad en quiebres matrimoniales y que luego utilizan a sus hijos como moneda de cambio. Grotesco. La ley ssshilena, como siempre en defensa del mas poderoso ya sea por el dinero que pone sobre la mesa o por las lágrimas que depositan sobre sus pisos.... y los niños, bien gracias, que sigan esperando una justicia que no existe.

Enviado por: Ricardo Jaque
31 de octubre de 2012 10:48



Señora Rodríguez, agradeciendo su intento de aclaración, sería posible que explique el porque la eliminación de la regla significa una discriminación para los niños? La verdad es que sin tener el transfondo completo de la ley no logro entender el porque podría pasar eso. No me quedó claro, por eso, me gustaría mucho el poder entender completamente.

Muchas gracias.

Enviado por: Harold Gómez
31 de octubre de 2012 10:10



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